VII serie Forjadores de América. La Forja de un Imperio.

1966.- VII serie Forjadores de América; La Forja de un Imperio. Durante los primeros años de la conquista del Nuevo Mundo, la actuación de la monarquía española se había limitado a fomentar y prestar apoyos a las iniciativas privadas. En apenas medio siglo, el cambio hacia una política más intervencionista fue total. En la postrera etapa de los Reyes Católicos y, sobre todo, con Carlos I, la presencia de la Corona se fue haciendo presente cada vez con más fuerza en los extensos territorios incorporados, acometiéndose la ingente tarea de adaptar las leyes y ordenanzas españolas para su aplicación a unos pueblos de culturas completamente diferentes. Al principio, se delegó la autoridad en las Audiencias, las cuales administraban justicia en nombre del Rey. Herederas de las creadas en Castilla en 1369 por Enrique II, las Reales Audiencias estaban compuestas por un presidente, normalmente el mismo Virrey o Gobernador, varios oidores* y un fiscal*, amén de un numeroso funcionariado de relatores, escribanos, alguaciles y menestrales. En la Nueva España, amplios territorios que abarcaban desde el oeste canadiense hasta Costa Rica y el golfo de Méjico, finalizado el Gobierno de Cortés y hasta el nombramiento del primer Virrey (Antonio de Mendoza, 1535), se establecieron dos Audiencias, Méjico capital y Guadalajara, datándose la primera de ellas en 1527 y la segunda en 1548. Aunque se trataba de altos tribunales de justicia, la autoridad del Virrey las fue convirtiendo paulatinamente en órganos consultivos y de apelaciones, no perdiendo sin embargo un ápice de su importancia pues, caso de tener que ausentarse el Gobernador o en los periodos interregnos, este era sustituido por el oidor más antiguo de las mismas. Famoso llegó a ser Manuel de Castro y Padilla, oidor de la Real Audiencia de la Plata de los Charcas, en el Alto Perú, con sede en la actual Sucre, el cual fundó en 1606 la Villa de Don Felipe de Austria, renombrada posteriormente Oruro. No obstante, si hay una figura que simbolice con absoluta nitidez el poderío español en aquellas lejanas tierras es, sin duda alguna, la del Virrey. Máxima autoridad administrativa y militar, este “alter ego” del monarca gozaba de sus mismos poderes en los ámbitos político y jurídico. Como vicesoberano que era recaudaba los impuestos, y para garantizar el buen funcionamiento de la Iglesia en las provincias ultramarinas, ya que era el máximo responsable de la evangelización de los indígenas, también intervenía en el nombramiento de los sacerdotes. El cargo tenía una duración máxima fijada entre tres y cinco años y, una vez finalizado, debía presentar un pormenorizado informe de su actuación detallando todo tipo de acontecimientos ocurridos durante su etapa de gobierno puesto que esta sería sometida a juicio por el Consejo de Indias. No obstante, bien la confianza del Rey en su representante, bien la dificultad de los enlaces con España, llevaron a alguno de estos visorreyes a superar los tiempos de mandato establecidos. José Antonio Manso de Velasco, Gobernador de Chile, fue nombrado Virrey del Perú en 1744 y ejerció el cargo durante 16 años, siendo reemplazado en 1761 por Manuel de Amat y Junyent. De regreso a España le sorprendió en La Habana uno de los frecuentes ataques ingleses a la isla y puesto que ostentaba el grado de Capitán General fue designado Jefe de la Junta de Guerra. Tras un terrible asedio que duró 67 días, Manso se vio abocado a rendir la plaza. Sometido a juicio por su actuación, fue desposeído de todos sus cargos y haberes y encarcelado en Barcelona. Finalizada su condena marchó a Granada, ciudad en la que murió en 1767 en la mayor indigencia. La unidad administrativa de inferior rango era el cabildo o asamblea municipal. Se ocupaba del gobierno de las ciudades y era votado democráticamente, privilegio este que no existía en la metrópoli. Estos magistrados, elegidos por los propios vecinos, eran a su vez auxiliados en las tareas de orden público por los alguaciles y en la administración de justicia por los escribanos. Dado que por edicto real se efectuaban asimismo los nombramientos de médicos, notarios, registradores y boticarios, además de reglamentarse por sanción real el establecimiento de los pobladores llegados desde España, el funcionamiento de colegios y universidades e incluso el régimen de penados y siervos, esto nos debe llevar a comprender la gigantesca labor administrativa que se realizó en los territorios del Nuevo Mundo y que no debe quedar menospreciada ni oscurecida por las heroicas hazañas de los conquistadores.(inmemoriam)



*Oidor: Juez nombrado por el Rey. *Fiscal: Magistrado encargado de defender los intereses de la Corona.

  • 30cts: Antonio Mendoza (1490-1552)
  • 50cts: «La Doctrina Cristiana»
  • 1pta: José A. Manso (1667-?)
  • 1’20ptas: Cerca de Lima (1699)
  • 1’50ptas: Manuel de Castro y Padilla (1490-1552)
  • 3ptas: Convento de Oruro, Bolivia
  • 3’50ptas: Manuel de Amat y Junyent (1704-1782)
  • 6ptas: Correo Inca.

Antonio de Mendoza (1490-1552).La Doctrina Cristiana.José A. Manso (1667-?).
Cerca de Lima (1699).Manuel de Castro y Padilla (1490-1552).Convento de Oruro, Bolivia.
Manuel de Amat y Junyent (1704-1782).Correo Inca.

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“Ningún gran hombre vive en vano; la historia del mundo no es sino la biografía de los grandes hombres.” Carlyle, Thomas (1795-1881) historiador, crítico social y ensayista escocés.